Bienvenidos apreciados estudiantes de las carreras de Ingeniería

Estimados estudiantes, reciban una calurosa bienvenida a través, del siguiente pensamiento:

Tenemos un espacio para la determinación personal, para crear vínculos y abrir horizontes; en definitiva, para establecer, desde nosotros mismos, hacia donde queremos ir. En este sentido se trata de anticipar, prever de manera organizada nuestras metas. Por ello, una buena planificación conlleva al logro total de las metas en todas sus dimensiones. "ALCANZA TU META " Esfuerzate y se valiente, no temas ni desmaye porque Jehova tu Dios estarà contigo donde quiera que vayas. Josue:9

miércoles, 25 de mayo de 2011

TITULO IV: DEL PODER PÚBLICO: CAPITULO I: DE LAS DISPOSICIONES FUNDAMENTALES

Título IV

Del Poder Público 

 
Capítulo I

De las Disposiciones Fundamentales 

Sección Primera

Disposiciones Generales
 
Artículo 136. El Poder Público se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional. El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral. 

Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado.

Artículo 137. La Constitución y la ley definen las atribuciones de los órganos que ejercen el Poder Público, a las cuales deben sujetarse las actividades que realicen.

Artículo 138. Toda autoridad usurpada es ineficaz y sus actos son nulos.

Artículo 139. El ejercicio del Poder Público acarrea responsabilidad individual por abuso o desviación de poder o por violación de esta Constitución o de la ley.
 
Artículo 140. El Estado responderá patrimonialmente por los daños que sufran los o las particulares en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea imputable al funcionamiento de la administración pública.

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